Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO el Recurso de Nulidad interpuesto por el ciudadano SANTIAGO JOSE RODRIGUEZ ORTEGA, contra la Providencia Administrativa 703-2005, dictada en fecha 27 de junio de 2005, por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, que declaró con lugar la solicitud de Calificación de Falta incoado por el "INSTITUTO DE PREVISION Y ASISTENCIA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL MINISTERIO DE EDUACION" (IPASME), contra el señalado recurrente.-
Notifíquese mediante oficio a la Procuraduría General de la República de la presente decisión anexándose copia certificada de la misma.