...Primero: Se admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público, así como la totalidad de las pruebas documentales y testimoniales de conformidad con lo establecido en los artículos 313 numerales 2 y 6 Código Orgánico Procesal Penal.-
Segundo: De conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, se CONDENA al ciudadano: DENIS ROGELIO FELIX BULLON, Titular de la cedula de identidad N° V-24.286.345, Nacionalidad: Venezolano, natural de Caracas, Distrito capital, de 36 años de edad, fecha de nacimiento: 06/08/1980, estado civil: soltero, hijo de: Julia Bullon (f) y Rogelio Félix Ravelo (v), residenciado en: sector Andrés Bello, vereda 12, casa Nº 20, Kennedy, Las Adjuntas, parroquia Macarao, Caracas, teléfono:0416.818.49.31 y 0212.433.51.53; a cumplir la pena de dos (02) años y seis (06) meses de prisión; de los cuales el imputado ha permanecido detenido desde el 12/05/2017 hasta la presente fecha, dos (02) meses y cuatro (04) día.....