PRIMERO: Declara Con Lugar la solicitud de Fijación de Pensión de Alimentos intentada por la ciudadana BLANCA IDA COLMENARES CAICEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.206.079, domiciliada en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre del niño JOSE DAVID PAREDES COLMENARES, asistida por la Abogada en ejercicio MARIA NELSY BENAVIDES PEÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.31.124, contra el ciudadano JOSE HUMBERTO PAREDES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.267.754, domiciliado en Vía Sabaneta, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se Fija como Pensión de Alimentos para el niño JOSE DAVID PAREDES COLMENARES, la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.150.000,00) mensuales, la cual deberá ser pagada dentro de los cinco primeros días de cada mes y ajustada anualmente por la inflación tomando en cuenta los I.P.C. emitidos por el Banco Central de Venezue.....