... DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la presente investigación, a tenor de lo pautado en el artículo 561, literal d) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el ordinal 4° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, seguida contra el adolescente, NAVAS JOSÉ GREGORIO, portador de la Cédula de Identidad N° V-20.413.168, de 19años de edad, residenciado en la Calle Principal de Araguita, Casa sin número, Municipio Tomás Lander, Ocumare del Tuy, hijo de SIXTA VIRGINIA NAVAS y JOSÉ ANTONIO GONZALEZ