Por tanto, visto la suficiencia de la documentación producida, este Tribunal estima procedente la presente rectificación de partida. En consecuencia se ordena en forma sumaria, al Registro Civil del Municipio Los Salias, y al Registrador Principal del Estado Miranda, hacer la debida nota marginal en la partida de Nacimiento del ciudadano "ALEJANDRO ANTONIO", previamente determinada, a fin de que se escriba correctamente el estado civil del padre así: donde dice "soltero" debe decir "casado"; por lo tanto, como resultado de la referida rectificación, el estado civil del padre del solicitante debe quedar escrito así: "Pedro José Crespo Herrera, de estado civil casado". Así se decide. Expídanse por secretaría las copias certificadas de la solicitud y de esta sentencia que fueren menester a los interesados, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y envíense las necesarias a las autoridades civiles competentes a los fines legales consi.....