Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos PAVEL GERARDO GARCÍA LEÓN y MARBELIA ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-10.351.134 y V-11.415.494, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha veintiocho (28) de noviembre de 1995, ante el Prefecto de la Parroquia Pozuelos del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui,, según consta de Acta Nro. 496 del Libro de Matrimonios llevado por ese Despacho durante el año 1998.