Por todos los razonamientos antes expuestos y en fuerza de los argumentos antes señalados en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte su HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO realizado en fecha 17 de octubre del 2018, por la parte accionante, ciudadana TIBISAY MOROCOIMA DE CUEVAS, identificada al inicio de la sentencia, dándosele el carácter de Cosa Juzgada.