La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 27 de Enero de 2004, con Ponencia de la Magistrado BLANCA ROSA MARMOL DE LEON, dictó decisión mediante la cual consideró que el conocimiento de las demandas por Estimación e Intimación de Honorarios, que se realicen actuaciones en la jurisdicción penal, corresponde a los Tribunales de Juicio, por razones de funcionalidad, en consecuencia este Tribunal acepta la declinatoria, por considerarse competente para su conocimiento. Analizada como ha sido el presente libelo de demanda, y por considerar que el mismo reúne los requisitos exigidos en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, SE ACUERDA ADMITIR la misma por no ser contraria a la Ley, al orden público ni a las buenas costumbres, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 eiusdem. Se acuerda librar Boleta de Citación al ciudadano RAMON ALIRIO MORA CARRERO, parte intimada, a fin que éste comparezca ante este Tribunal, el primer (1er) día de despac.....