Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: MANTENER la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, impuesta al ciudadano JHONNY JESÚS GONZALEZ, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° V-12.376.079,nacido el 11/11/1974, estado Civil Soltero, profesión y oficio obrero, residenciado en Quebrada Seca , casa N° 09, Calle Antonio José de Sucre, Estado Miranda, prevista en el artículo 256 ordinales 3°, modificando el ordinal 8° imponiendo en su lugar la del ordinal 4°, y 6° del Código Orgánico Procesal Penal ; las cuales consisten: 1- Presentación cada ocho (08) días por la Oficinal del Alguacilazgo de este Circuito y Sede, hasta la culminación de este Proceso; 2- Prohibición de salir de la Jurisdicción de este Tribunal . Prohibición de acerca.....