Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abogado ORENCIO GABRIEL BRICEÑO LEVERON, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 23.199, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano JOSE GREGORIO BETANCOURT GRATEROL, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-12.730.952, contra la sentencia dictada en fecha 10 de agosto de 2010, por el Juzgado Primero del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
Segundo: SE CONFIRMA bajo las consideraciones esgrimidas en la parte motiva del presente fallo, la decisión proferida en fecha 10 de agosto de 2010, por el Juzgado Primero del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, que declarara SIN LUGAR la ACCIÓN REIVINDICATORIA incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO BETANCOURT GRATEROL, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-12.730.952, contra l.....