-III-
DISPOSITIVA
Por todos los motivos precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los artículos 12 y 243 del Código de procedimiento Civil, decreta la PROHIBICIÓN DE CONTINUAR CON LA OBRA NUEVA ejecutada por el ciudadano JUAN LUIS DA SILVA NÚÑEZ, en el terreno ubicado en el Avenida Víctor Baptista, Sector Mal Paso, parroquia Los Teques, Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda y que colinda con el local comercial distinguido con la letra D, donde funciona la sociedad mercantil "EL MESÓN DEL PAN 2005, C.A.", propiedad del ciudadano JOSÉ MANUEL DE SOUSA DA SILVA. Así se decide.
Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE .....