SE SUSTITUYE LA MEDIDA CAUTELAR CONTENIDA EN EL LITERAL G POR LA MEDIDA CAUTELAR contenida en el literal C del artículo 582 de la LOPNA, consistente en la presentación del joven imputado dos (02) veces a la semana por ante la sede del Consejo de Protección de Barlovento, en este acto se ordena remitir las actuaciones a la representación fiscal para que continúe con las investigaciones en la presente causa en la oportunidad procesal correspondiente.