Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: 1- CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por MANACES ORTEGA BULLON, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-2.587.360 contra MILENA TERESA HERRERA DIAZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-3.753.070. 2.- Disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído en fecha 07-09-1.985, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Cristóbal Rojas, Estado Miranda.