Primero: SIN LUGAR el recurso de hecho ejercido por el Abogado Juan Oswaldo Angulo Godoy, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 10.160, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES RUTEL, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 27 de mayo de 1.996, bajo el No. 13, tomo 247-A-Sgdo, contra el auto dictado en fecha 18 de diciembre de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
Segundo: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay expresa condenatoria en costas.
Tercero: Archívese el presente expediente.
Cuarto: Regístrese, publíquese, incluso en la página web de este despacho y déjese copia de la presente decisión.