Por los razonamientos expuestos este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONDENA al ciudadano JOEL JESUS RAMIREZ, venezolano, nacido en caracas el día 09-12-1980, de 22 años de edad, soltero, obrero de profesión, y con Cédula de Identidad N° 14.972.331, residenciado en Urb. Menca de Leoni, Bloque 3 piso 7 apto. 704, Guarenas, Estado Miranda.
A cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRESIDIO y las accesorias contenidas en el artículo 13 del Código Penal, en virtud de la comisión del delito de ROBO GENERICO, tipificado y sancionado en el artículo 457 del Código Penal.