CONDENA al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y el Control de Armas y Municiones, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, a cumplir la sanción socioeducativa de SEIS (06) MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, de conformidad con lo previsto en el artículo 620 literal "c", en relación con el artículo 625 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes