Este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO, EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando conforme a la atribuciones conferidas mediante Resolución Nº 2009-006 de fecha 18-3-2009 emanada del Tribunal Supremo de Justicia debidamente publicada en fecha 02-04-2009 en Gaceta Oficial Nº 39.152, y de conformidad con el artículo 937 ejusdem, DECRETA como UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus TEODORO RAMON RODRIGUEZ TORRES, quien era de nacionalidad venezolana, y ex titular de la cedula de identidad Nº V- 1.829.356, a sus únicos herederos los ciudadanos, ONEIDA PAREDES DE RODRIGUEZ, CESAR ALEXIS RODRIGUEZ PAREDES, DOUGLAS JOSE RODRIGUEZ PAREDES y NEOMAR ENRIQUE RODRIGUEZ PAREDES, de nacionalidad venezolana, titulares de las cedulas de identidades Nros: V-4.678.110, 17.775.080, 11.590.717, 12.6.....