DECRETA la PRESCRIPCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL y LAS PENAS ACCESORIAS que le fueran impuestas al ciudadano MATA MORENO DIMAS ENCARNACION, titular de la Cédula de Identidad N°10.503.433, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio, en fecha 04 de marzo de 2004, a cumplir la pena de: TRES (03) AÑOS, OCHO (08) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, por ser autor responsable del delito de: POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado en el artículo 36 de la derogada Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas; y a las penas accesorias previstas en el artículo 13 del Código Penal, y como consecuencia de ello decretar la EXTINCIÓN DE LA MISMA; así como de las penas accesorias, todo ello conforme con lo previsto en el numeral 1 del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 112, 16 y 34 del Código Penal. DE igual manera acuerda dejar sin efecto la Orden de Captura librada en contra del mismo.