Se decreta la NULIDAD DE OFICIO de la decisión dictada en fecha 20 de agosto de 2014 por Tribunal Primero Itinerante Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a través de la cual CONDENÓ al ciudadano MÉNDEZ RODRÍGUEZ GABRIEL LEONARDO a cumplir la pena corporal de dieciocho (18) años y seis (06) meses de prisión más las penas accesorias previstas en el artículo 16 ejusdem, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO A TÍTULO DE COAUTOR, tipificado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en relación con los artículo 458 y 83 ejusdem y AGAVILLAMIENTO tipificado en el artículo 286 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de Carlos José Gómez Mendoza; en virtud de lo dispuesto en los artículos 174, 175 y 179, uno por uno del Código Orgánico Procesal Penal. En tal sentido y de conformidad con lo establecido en el artículo 180, Ibídem, se anulan todo.....