Así mismo, se deja constancia que en caso de materializarse el embargo sobre cantidades líquidas de dinero, éste será por la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES CON SESENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 254.732,61).
Ahora bien, Visto el oficio Nº CJ/COO-021/4/17 de fecha 06 de abril de 2017, proveniente de las entidades bancaria Banco Nacional de Crédito, mediante la cual informan que con relación a la solicitud emanada por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN) sobre la cuenta Nº 0171-0191-0154-16-2100011219 perteneciente a la parte demandada "CONSORCIO EL CHORRITO" participando que para la fecha posee un saldo disponibles por la cantidad de trece mil ciento cuarenta y un bolívar con seis céntimos (Bs. 13.141,06), este Tribunal, a fin de dar cumplimiento a la medida ejecutiva de embargo, ordena oficiar a la entidad financiera Banco Nacional de Crédito, con la finalidad, indique en la mencionada cuenta la cantida.....