..... este Juzgado Superior imparte la homologación a la transacción efectuada en los términos expuestos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento de la Ley del Trabajo y da por terminado el presente proceso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, se deja sin efecto la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha 14 de abril del año 2003 y se ordena librar el correspondiente oficio a la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Rafael Urdaneta y Cristóbal Rojas del Estado Miranda, y además se ordena la remisión del expediente a su Tribunal de origen Juzgado Tercero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave.