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DISPOSITIVA
Por todos los motivos precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los artículos 12 y 243 del Código de procedimiento Civil, declara SIN LUGAR la acción mero declarativa de reconocimiento de existencia de unión estable de hecho incoada por la ciudadana FLOR NATACHA DELGADO MORENO en contra de los ciudadanos MELANI FRANCO GUTIÉRREZ, ÓSCAR JOSÉ FRANCO GUTIÉRREZ y JUAN JOSÉ FRANCO GUTIÉRREZ, todos anteriormente identificados. Así se decide.
Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado perdidosa en la presente controversia conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la .....