Los Teques, 20 de Junio de 2.003.
193º. y 144º.
Debidamente impuestos como ha quedado el adolescente IDENTIFICACION OMITTIDA, al cumplimiento de las medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Libertad Asistida, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Juicio de esta Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, y vistas las comunicaciones No. 225 y 233, ambas de fecha 30/05/2003, emanadas del Centro de Atención Comunitaria Municipal de la Alcaldía del Municipio Tomás Lander del Estado Miranda, donde consta que el adolescente compareció ante ese Centro el día 29/05/03, iniciando el cumplimiento de las medidas impuestas; este Tribunal, observa:
Que el adolescente IDENTIFICACION OMITIDA, compareció por ante el Centro de Atención Comunitaria Municipal de la Alcaldía del Municipio Tomás Lander del Estado Miranda, a fin de dar inicio al cumplimiento de las medidas impuestas, el día 29/05/03, hasta el día de hoy han transcurrido V.....