En razón de lo expuesto, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los abogados MILAGROS QUINTANA y LUÍS COHEN, actuando en su condición de Fiscales Auxiliares de la Fiscalía Quincuagésima Octava (58ª) a Nivel Nacional con Competencia Plena y Vigésima Novena (29ª) del estado Miranda, respectivamente, contra la decisión dictada en data 08/03/2017 por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio de esta sede Judicial, donde el referido Juzgado acordó sustituir la medida de privación judicial preventiva de libertad que pesaba contra el encausado MIGUEL ÁNGEL GUANIRE QUINTANA por una medida menos gravosa de las contenidas en el artículo 242 numeral 3 del Texto Adjetivo Penal.