DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos GUSTAVO ADOLFO PADRON MOSQUEDA, RAUL EDUARDO PADRON MOSQUEDA y SORAYA COROMOTO PADRON MOSQUEDA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.845.450, V-4.056.249 y V-5.450.871, en su orden, en su carácter de hijos de la causante ciudadana MARIA TERESA MOSQUEDA DE PADRON, quien en vida era de nacionalidad venezolana y titular de la cédula de identidad No. V-984.191, de estado civil casada, la cual falleció ab intestato el día diecisiete (17) de octubre de dos mil tres (2003), tal como se desprende del acta de defunción emitida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Carirubana del Municipio Carirubana del Estado Falcón, en fecha veintinueve (29) de octubre de dos mil tres (2003), signada con el acta No. 172, todo ello sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.