...PRIMERO: Se decreta la flagrancia de los hechos por los cuales fueron aprehendidos los ciudadanos ARIAS VICENCIO RAFAEL y AMADO BENJAMIN REBOLLEDO, titulares de las cédulas de identidad nro. V-14.661.350 y 14.850.476, respectivamente, conforme al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por los delitos de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en los artículo 458 del Código Penal, ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR artículos 5 y 6 de la Ley de Hurto y Robo de Vehículo Automotor, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD artículos 277 y 218 ambos del Código Penal. SEGUNDO: Se acuerda continúe la investigación se siga por las disposiciones del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, por considerar este tribunal que existen hechos y circunstancias que deben ser investigados por el Ministerio Público a los fines de emitir el acto conclusivo a que hubiere lugar, en atención a lo establecido en el último aparte del articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se DE.....