DECLARA CON LUGAR la solicitud de REVISIÓN DE MEDIDA, interpuesta por el Abg. JUAN CARLOS URBINA, en su condición de Defensor Privado, de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA; a quienes se les sigue causa signada con el Nº 1C 1899-10, por la presunta comisión de los delitos de TENTATIVA DE VIOLACION EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 374 en relación con el 80 del Código Penal y LESIONES LEVES, previsto en el artículo 413 del Código Penal, ambos concatenados con el articulo 83 ejusdem, en perjuicio de la ciudadana MORENO APONTE YENNY MERCEDES; y en tal sentido se procede a MODIFICAR LAS CONDICIONES DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD prevista en el artículo 582 literal "G" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en un sentido menos gravoso, pero únicamente en cuanto al monto exigido como remuneración mensual de cada uno de los fiadores, en consecuencia ACUERDA que la constitución de la fianza prevista en el artículo 582 Literal "G" de l.....