"... Este Juzgado Quinto de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas declara: PRIMERO: Vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el presente ACUERDO TRANSACCIONAL no vulnera derechos irrenunciables de los demandantes ni normas de orden público, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO TRANSACCIONAL ENTRE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, una vez se cumpla lo acordado se ordenara el archivo del expediente. SEGUNDO: NO HAY condenatoria en COSTAS ...