este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De cujus JUAN BAUTISTA PADRON BAEZ de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de los ciudadanos: JUAN BAUTISTA PADRON GONZALEZ y ALEXIA DE LOURDES BAEZ DE PADRON, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-5.601.763 y V-5.309.823, sin perjuicio de terceros.