Se materializó la medida de entrega material voluntaria en vista de que el Tribunal se trasladó y constotuyó en el inmueble de marras, el cual se encontraba cerrado, no obstante se había notificado con anterioridad al vendedor y, se le concedió 30 minutos a la notificada para que se comunicara con la posible poseedora, quien compareció en el ínterin del inventario, retiró sus bienes y se reservó el derecho a ejercer su derecho.