...se declara CON LUGAR la Acción de Amparo, interpuesta por la ciudadana MARIA YOVEDDY MALAVÉ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 6.852.553, contra la ASOCIACION COOPERATIVA DE TRANSPORTE HOSPITAL GENERAL GUATIRE, inscrita ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Zamora del Estado Miranda, en fecha 07 de abril de 1993, bajo el No. 40, Tomo 1 Protocolo Primero e inscrita ante la Superintendencia Nacional de Cooperativas (Sunacoop) bajo expediente No. ACT-126. En consecuencia: Se ordena a la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE TRANSPORTE HOSPITAL GENERAL GUATIRE, R.L. previamente identificada, deje sin efecto la medida de exclusión adoptada en contra de la ciudadana MARIA YOVEDDY MALAVÉ, y RESTITUYA DE INMEDIATO la situación jurídica infringida, permitiendo el ingreso como Asociada de dicha Cooperativa, y deje sin efecto la exclusión denunciada, garantizándole su ingreso, acceso y transito dentro de las instalaciones de la Asociación, así como el uso.....