CONDENA al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto en el artículo 42 segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana DEISY COROMOTO PINEDA PEREZ, A CUMPLIR LA SANCION DE SEIS (06) MESES DE LIBERTAD ASISTIDA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 620 Literal "d", en relación con el artículo 626 en armonía con el artículo 583 todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Sanción que ha de cumplir bajo la supervisión del Juez de ejecución.