DISPOSITIVA.
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PRIMERO: SE REPONE LA CAUSA, al estado librar nuevo cartel de notificación a la demandada INVERSIONES OLIVERI M.M C.A
SEGUNDO: Se deja sin efecto la notificación practicada en fecha 07 de enero de 2014 cursante al folio 15 del referido expediente y la referida consignación.
TERCERO: Se insta a la parte actora a suministrar una sola dirección y nombre del representante legal de la entidad de trabajo, sobre quien debe recaer la notificación, a los fines de librar cartel de notificación.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, a los veintiún (21) días del mes de enero del año 2014.
Años. 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
Se ordena la publicación del presente fallo en la pagina Web de la Región del Est.....