En cumplimiento de lo dispuesto por el acta de esta misma fecha, VEINTIUNO (21) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE (2015), que corre inserta al folio 84 del expediente, siendo las 10:00 a.m. de este mismo día, la Jueza, dictó en forma oral conforme al desistimiento del procedimiento habido en juicio en razón de la incomparecencia de la parte demandante y de la comparecencia de la parte demandada a la Celebración de la Audiencia Preliminar fijada para este día y, en tal sentido, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dicta seguidamente el dispositivo del fallo, así: PRIMERO: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO incoado por la ciudadana NANCY MAYO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.697.286, contra la demandada Entidad de Trabajo DROGUERÍA NENA, C.A., en el expediente Nro 5662-14 (nomenclatura de este Tribunal). En consecuencia SE DÁ POR TERMINADO EL PROCESO Y SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Así se decide. SEGUNDO: Por.....