En razón de lo expuesto anteriormente, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la abogada YENIFRED DE LOS ANGELES CHARLES LEAL, en su condición de defensora privada del ciudadano DURÁN MEJÍAS CARLOS FABIÁN. SEGUNDO: Se Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la defensa privada del ciudadano DURÁN MEJÍAS CARLOS FABIÁN, contra la decisión de fecha 16-10-2014, proferida por el Tribunal Tercero (3º) de Control Circunscripcional mediante la cual decretó en contra del ciudadano antes mencionado, medida de privación judicial preventiva de libertad, a tenor de lo consagrado en los artículos 236, 237 numerales 2 y 3, parágrafo primero y 238, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los d.....