Con relación a la Medida de Coerción Personal solicitada, por la Fiscal del Ministerio Publico, este Tribunal observa que estamos en presencia de un hecho punible cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita y que la misma amerita pena corporal, por lo que en consecuencia luego de revisadas las actuaciones y visto el delito objeto del proceso se acuerda DECRETAR LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los ciudadanos LUÍS GERARDO TORRES BENAVIDES Y VÍCTOR MANUEL BENAVIDES BRIZUELA, titular de la cédula de identidad Nº V-12.762.409 y V-4.886.163, respectivamente, establecida artículo 242 numerales 3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal; numeral 3, consistente en presentaciones periódicas por ante la oficina de alguacilazgo cada treinta (30) días por un lapso de ocho (08) meses, numeral 6, consistente en el prohibición de acercarse a la víctima; numeral 9, consistente en estar adherida al proceso y acudir a las citaciones realizadas p.....