Se DECLARÓ ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos GORKA EZPONDA SANZ y GAIZKA EZPONDA SANZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 5.011.224 y V- 5.566.273, en su orden, en su carácter de hijos de la causante MARIA DEL PILAR SANZ de EZPONDA, quien en vida era de nacionalidad Venezolana y titular de la cédula de identidad No. V-2.088.648, quien falleció el día veintiocho (28) de junio de dos mil veinte (2020), tal como se desprende del acta de defunción emitida por el Registro Civil de la Parroquia el Hatillo, Municipio el Hatillo, Estado Miranda, bajo el acta No. 2460. Todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.