Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado en ejercicio QUIJADA CORASPE ARNELL, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 77.611, en su carácter de apoderado judicial de la parte codemandada, ciudadana LADY DYAN HENRIQUES TEIXEIRA, contra el auto proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, en fecha 1º de noviembre de 2021, que negó la solicitud realizada por el prenombrado abogado dirigida a "(...) dejar sin efecto la sentencia dictada en fecha 21 de septiembre de 2021, y homologue el acuerdo transaccional que consta en autos (...)", en el juicio que por NULID.....