´Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRICPION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: La CONFESION FICTA de la parte demandada ciudadano CARLOS ANDRES LEON GOMEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-5.539.158. Así se Decide.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE DOCUMENTO COMPRA VENTA, sigue el ciudadano JOSE BERNALDO ACOSTA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-6.418.106, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 41.179 actuando en su propio nombre y representación, contra el ciudadano CARLOS ANDRES LEON GOMEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la.....