Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado HELIANNA ROLAINS GALVIZ ASCANIO, en su condición de Fiscal Vigésima Sexta del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada en fecha 24 de febrero de 2012. SEGUNDO: SE ANULA DE OFICIO la decisión de fecha 24/02/2012 dictada en audiencia preliminar celebrada, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado, entre otras cosas, DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano JORGE JUAN HONTORIA LOPEZ, por la presunta comisión.....