Este Tribunal Superior Accidental Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO.- PARCIALMENTECON LUGARla demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por WILMER ANTONIO CHACON ETTEGUI, contra ERIKA ALEJANDRA GONZALEZ RONDON, ERIKA STEFANIA CASTAÑEDA GONZALEZ, HAROLD ERNESTO CASTAÑEDA GONZALEZ, ISRAEL JOSE CASTAÑEDA GONZALEZ y RADAMES JOSE CASTAÑEDA GONZALEZ, ambas partes plenamente identificadas al comienzo de esta decisión.
SEGUNDO.Se ORDENA a la parte demandada proceda a realizar la venta definitiva del inmueble sobre el cual recayó el contrato de opción de compra objeto del presente proceso, constituido sobre una parcela y bienhechurías identificada con el Nº A-4-8II",ubicado dentro de un lote de terreno secano denominado lote A4-8, ubicado en la Hacienda Cajigal y Dos Potreros del Medio, Jurisdicción del Municipio Carrizal del Estado Miranda, con una superficie aproximada de quinientos cuarenta y ocho .....