-III-
-DECISIÓN-
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil vigente, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y por cuanto no ha habido oposición alguna decreta a favor de los ciudadana ROGER MANUEL RONDON CASTILLO y GERARDO BAUTISTA RONDON titulares de las cedulas de identidad Nros: V-13.903.923 y V- 3.704.923, respectivamente, la DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la extinta ROSA MATILDE CASTILLO, venezolana, mayor de edad ex titular de la cédula de identidad Nro. V-3.817.229. Devuélvanse los originales a la parte interesada.
Déjese copia.....