Por todos los razonamientos antes expuestos, esta SALA 1 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, SEDE LOS TEQUES, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
UNICO: ADMITE y declara CON LUGAR la Inhibición planteada por la DRA. NATTY VICTORIA MEDINA BARRIOS, en su condición de juez cuarta de primera instancia en funciones de control de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 89 en concordancia con el artículo 90 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, para continuar conociendo identificada con el Nº 4C-18260-17 nomenclatura de ese órgano jurisdiccional, seguida contra del ciudadano HÉCTOR GERARDO FUENTES RODRÍGUEZ.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión. Así mismo, líbrese oficio informando del presente fallo a la jueza inhibida, y envíese el prese.....