Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Higuerote, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el procedimiento que por COBRO DE BOLIVARES, inició la ENTIDAD MERCANTIL ADMINISTRADORA DOMUS, C.A., contra los ciudadanos JUAN EDUARDO TEOFILO SAINSBURY CABRERA y MARITZA JOSEFINA MARTINEZ DE SAINSBURY, todos plenamente identificadas al comienzo del fallo.
SEGUNDO: Se ordena la suspensión de la medida de prohibición de enajenar y gravar, sobre el inmueble identificado en autos, y una vez quede definitivamente firme se oficiará al Registro Inmobiliario correspondiente para la suspensión de la misma.
TERCERO: Publíquese, Regístrese incluso en la página Web del Tribunal.
CUARTO: Déjese copia.....