Por todos los razonamientos expuestos anteriormente este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA la medida cautelar sustitutiva que le fuera acordada de conformidad con lo establecido en el artículo 256, ordinales 3° y 8º y en su lugar ordena la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano RONALD JESUS SOSA MARCHENA, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.889.723, de oficio obrero, natural de Los Teques, Estado Miranda, hijo de Josefina Marchena y José Sosa (ambos vivos), domiciliado en San Antonio de Yare, sector las Torres, parte baja, casa s/n, San Francisco de Yare, Estado Miranda, de conformidad con lo establecido en el artículo 262, ordinales 2° y 3º y 251 parágrafo segundo en relación con el artículo 250 en sus tres ordinales todos .....