CAPITULO VI
DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Apelación de Autos ejercido por el ABG. DANGER FUENTES ROMERO, Fiscal Auxiliar Decima Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en contra de la decisión dictada en fecha 17 de mayo de 2013, cuya publicación del texto integro de la decisión es de fecha 18 de septiembre de 2014, por el JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, EXTENSIÓN VALLES DEL TUY. SEGUNDO: Se ANULA la decisión dictada en fecha 17 de mayo de 2013, y posterior publicación del texto integro de fecha 18 de septiembre de 2014, por el Juzgado Quinto de Primera Insta.....