este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DESALOJO interpuesta por EDUARDO JAKUBOWICZ FEDER en su carácter de representante legal de la Sociedad Mercantil GRUPO 2810, C.A., contra la SOCIEDAD MERCANTIL SUPER NOVA 103.9 FM, C.A., ambas partes plenamente identificadas al comienzo de este fallo. SEGUNDO: Se declara el DESALOJO y por consecuencia, se condena la parte demandada a lo siguiente:
i) Entregar a la parte actora el inmueble arrendado, constituido por un local comercial, signado con el No. 1, ubicado en el Nivel Terraza, piso 2 del Centro Comercial Oasis Center, situado en la Avenida Intercomunal Guarenas – Guatire, sector Hacienda Vega Arriba, Jurisdicción del Municipio Zamora del Estado Miranda; totalme.....