Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA – VENTA, incoada por la ciudadana ESTRELLA MARY BRICEÑO ANGEL contra los ciudadanos YOLANDA COROMOTO DOS RAMOS MONTILLA y ALEXI ANTONIO LOAIZA DIAZ, todos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada YOLANDA COROMOTO DOS RAMOS MONTILLA y ALEXI ANTONIO LOAIZA DIAZ a dar cumplimiento al contrato definitivo de venta que tiene por objeto el inmueble señalado en el documento que marcado "A" se acompañó al escrito libelar, suscribiendo el contrato definitivo de venta con la ciudadana ESTRELLA MARY BRICEÑO ANGEL, identificada en autos, cancelado como ha sido a la parte actora el.....