En consecuencia, este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION del ciudadano JORGE FREDDY GOICOCHEA DIAZ, quien en vida fuera titular de la Cédula de Identidad venezolana Nro. E-82.262.363, inserta con el número mil trescientos veintiocho (Nro. 1328), Tomo VI, de fecha veinticuatro (24) de septiembre del año dos mil veintiuno (2021), expedida por la Registro Civil del Municipio Zamora del estado Bolivariano de Miranda (hoy Registro Civil de las Parroquias Bolívar y Zamora del Municipio Zamora del estado Bolivariano de Miranda), presentada por el ciudadano CARLOS ARTURO GOICOCHEA DIAZ extranjero, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. E-84.439.617, por medio de la cual señaló que en el acta de defunción de su hermano por error material involuntario, el funcionario a cargo de la transcripción del acta en lo que respecta al primero nomb.....