...NOVENO: SE DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE REVISIÓN Y EXAMEN DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto por la defensora pública DRA. MERCEDES ADRIAN ALVAREZ, en representación del imputado CORTEZ ORTEGA SAULO ALFREDO, titular de la cédula de identidad Nº V-20.114.861, en consecuencia, SE MANTIENE SU PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que todavía se mantienen los supuesto por lo cual se decreto la medida privativa de libertad y garantizar las resultas del proceso. DECIMO: SE ORDENA ABRIR EL JUICIO ORAL Y PUBLICO y se remita por Secretaria las actuaciones a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y sede, en su oportunidad correspondiente, a los fines de su correspondiente distribución a un Tribunal de Primera Instancia en Fu.....